¿Qué exámenes médicos ocupacionales deben realizarse los trabajadores del sector minero?

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¿Qué exámenes médicos ocupacionales deben realizarse los trabajadores del sector minero?

La minería ha sido desde la antigüedad una de las actividades fundamentales para el progreso económico y técnico del hombre. La casi totalidad de los bienes materiales que el hombre utiliza proviene de la transformación de productos naturales, donde los recursos mineros ocupan un lugar destacado.

No obstante, dadas las condiciones del ambiente laboral propio de una mina, es importante la observación y vigilancia de la salud de quienes trabajan en estas.

La minería es considerada una actividad de alto riesgo y expone a los trabajadores a factores de riesgo para su salud. Por eso vigilar la salud de los colaboradores se vuelve primordial como parte de las actividades de salud ocupacional.

La finalidad de las evaluaciones médicas ocupacionales es determinar:

  • La aptitud psicofísica de un postulante para el desempeño del puesto de trabajo ofrecido.
  • Las afecciones producidas por el trabajo o por los agentes de riesgo a los cuales un trabajador activo pueda encontrarse expuesto con motivo de sus tareas.
  • Comprobar el estado de salud del trabajador al momento de su desvinculación.

Marco legal que exige exámenes médicos ocupacionales en el sector minero

El Decreto Supremo 024-2016 EM tiene como objetivo “prevenir la ocurrencia de incidentes, incidentes peligrosos, accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales promoviendo una cultura de prevención de riesgos laborales en la actividad minera”.

De acuerdo con el Art. 118 de este decreto, “todos los trabajadores del titular de actividad minera y/o de las empresas contratistas se someterán, bajo responsabilidad del titular de actividad minera, a los exámenes médicos pre-ocupacionales, anuales y de retiro” de acuerdo con el ANEXO Nº 16, documento que cataloga las actividades de alto riesgo.

Es obligación de los trabajadores someterse a estas evaluaciones médicas, de lo contrario, no podrán laborar aquellos que no cuenten con la constancia de aptitud emitida por el área de salud ocupacional de la empresa contratista.

Asimismo, el Decreto Supremo 023-2017 EM modifica el Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería. La norma establece nuevas obligaciones como capacitaciones, incluso virtuales y las horas mínimas de duración de estas.

Exámenes médicos ocupaciones que deben realizarse los trabajadores del sector minero

Las grandes empresas mineras del país, así como las medianas y pequeñas mineras formales, suelen exigir los mismos análisis con algunas pequeñas diferencias entre empresas que dan preponderancia a unos exámenes sobre otros. Estas relevancias están sujetas a criterios del departamento de Seguridad y Salud Ocupacional (SSO) de cada mina.

Las empresas -incluso con sus variantes- suelen aplicar las siguientes evaluaciones para constatar la salud de sus colaboradores, antes-durante y después de su paso por la mina:

  • Control de presión arterial y antropometría.
  • Determinación de índice de Framingham.
  • Pruebas de equilibro (Romberg, Marcha, Nistagmus).
  • Glicemia en ayunas.
  • Electrocardiograma.
  • Perfil lipídico (colesterol, HDL, LDL, Triglicéridos).
  • Optometría.
  • Audiometría.
  • Consumo de drogas (anfetaminas, THC, cocaína y benzodiacepinas).
  • Espirometría y radiografía tórax AP.
  • Examen psicosensométrico riguroso.

La Ley exige la rigurosidad de la aplicación de estas evaluaciones siempre en aras de prevenir problemas de salud o enfermedades por la actividad laboral de los trabajadores. Si trabajas en minería verifica y exige que tu empresa cumpla con estos protocolos, cuida de tu salud y la de los tuyos.

 

Publicado originalmente en:

https://ma.com.pe/que-examenes-medicos-ocupacionales-deben-realizarse-los-trabajadores-del-sector-minero

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